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- Guía Fiscal Portugal 2025
Guía Completa: IRS Portugal 2025
Anexo J, G, G1 y E - Todas las Inversiones
Plusvalías, Criptomonedas, Dividendos, Ley 31/2024 - Revolut, DEGIRO, IBKR, XTB, Coinbase
NOVEDADES 2025
1. LEY 31/2024 EN VIGOR
Desde el 28 de junio de 2024, los inversores a largo plazo se benefician de reducciones progresivas: hasta un 30% de descuento (tipo efectivo del 19,6%) para acciones y ETF mantenidos durante 8 años o más.
2. ✅ CRIPTOMONEDAS: EXENCIÓN A LOS 365 DÍAS
Portugal mantiene uno de los regímenes más favorables de Europa: las criptomonedas mantenidas ≥365 días están
100% exentas de impuestos (art. 10(19) CIRS). Los intercambios cripto-a-cripto siguen sin estar sujetos a tributación (art. 10(20) CIRS).
Base legal: Lei n.º 24-D/2022, de 30 de diciembre (añadió los apartados 19-21 al art. 10 del CIRS).
3. AGREGACIÓN (englobamento): 50% DE EXENCIÓN EN DIVIDENDOS
Si eliges la agregación (englobamento), solo se tributa el 50% de los dividendos. Esto puede suponer un ahorro considerable para quienes tienen ingresos bajos o medios.
4. NHR DEROGADO → IFICI
El régimen de Residente No Habitual (NHR) fue derogado por la Lei n.º 82/2023, con efectos desde el 1 de enero de 2024. Los NHR existentes conservan sus beneficios durante 10 años; los nuevos residentes aún pueden inscribirse en el régimen transitorio hasta el 31 de marzo de 2025 si demuestran intención de traslado anterior a 2024.
Fue sustituido por el IFICI (Incentivo Fiscal a la Investigación Científica e Innovación - art. 58-A EBF, Portaria n.º 352/2024/1): tipo fijo del 20% sobre las rentas del trabajo/actividad profesional en Portugal en I+D, educación superior, tecnología o actividades de startups certificadas, y exención sobre la mayoría de las rentas de fuente extranjera (dividendos, plusvalías) durante 10 años. Los inversores pasivos/jubilados no cualifican.
Sin estatus NHR o IFICI, se aplica el régimen estándar descrito en esta guía.
4 Anexos Soportados - Generación Automática de XML
Referencia Completa: Todas las Tablas por Anexo
Tabla de referencia rápida para saber dónde declarar cada tipo de ingreso
| Anexo | Quadro | Qué Declarar |
|---|---|---|
| Anexo J (Extranjero) |
Q08 (8A) | Dividendos e intereses extranjeros |
| Q09 (9.2A) | Plusvalías: acciones, ETF, bonos | |
| Q09 (9.2B) | Derivados: opciones, futuros, CFDs | |
| Q09-4A | Cripto <365 días (agregado por país) | |
| Q11 | Cuentas bancarias/de broker en el extranjero | |
| Anexo G (Portugal) |
Q09 | Plusvalías de valores PT |
| Q13 | Derivados: opciones, futuros, warrants | |
| Q18 | Cripto <365 días (plataformas PT) | |
| Q4A/Q4B | Dividendos/intereses extranjeros (crédito fiscal) | |
| Anexo G1 (Exento / Paraíso Fiscal) |
Q07 | Cripto ≥365 días (exenta pero se declara) |
| Q08 | Activos en paraísos fiscales (valor a fin de año) - art. 57(7) CIRS | |
| Anexo E (Capitales PT) |
Q04 | Dividendos/intereses de entidades PT (NIF) |
Tax-Wizard rellena automáticamente todas estas Tablas a partir de los extractos de tu broker.
Guías por Tema
¿Por Qué es Complicado Declarar Inversiones en Portugal?
- • Múltiples brokers: Pesadilla administrativa y conciliaciones manuales
- • Cálculos manuales de FIFO: Horas de trabajo y riesgo de error
- • Conversiones de divisa: Errores frecuentes y tipos inconsistentes
- • Declaraciones incorrectas: Pagar de más o de menos
- • Riesgo fiscal: Sanciones de Hacienda
- • Estrés y pérdida de tiempo: Proceso manual y repetitivo
Lo que Tax-Wizard Hace por Ti
Cálculos automatizados
- ✅ FIFO y cálculo de plusvalías
- ✅ Conversiones de divisa con tipos oficiales
- ✅ Dividendos e intereses con retenciones
- ✅ Cripto con la regla de los 365 días
Informes listos para declarar
- ✅ XML para el Portal das Finanças
- ✅ Secciones por Anexo (J, G, G1, E)
- ✅ Detalle por operación y resumen anual
- ✅ Validaciones y comprobaciones de consistencia
- ✅ Exportación de posiciones abiertas para importar a Yahoo Finance
Configuración Avanzada
Para usuarios avanzados, Tax-Wizard expone dos opciones que afectan directamente al cálculo. Los valores recomendados para contribuyentes portugueses se muestran en negrita.
Método de cálculo
- FIFO (por defecto) - obligatorio en PT para plusvalías de bienes muebles
- LIFO - no aceptado por la AT para el IRS; útil solo para análisis internos
- Coste medio ponderado - usado en algunos regímenes para fondos/cripto en otras jurisdicciones
Método de FX
- Tipos separados de compra/venta (recomendado por defecto) - cumple el art. 23(1) CIRS (tipo del día en cada operación)
- Solo fecha de venta - más simple pero incorrecto para el tramo del coste de adquisición
- Tipo del 31 de diciembre - solo como alternativa (art. 23(2)), cuando las fechas de las transacciones no pueden acreditarse
1. Plusvalías de Valores (Acciones y ETF)
¿Qué Son las Plusvalías?
Las plusvalías son las ganancias obtenidas por la venta de activos. Por ejemplo, si compraste acciones de Apple por 1.000 € y las vendiste por 1.500 €, tienes una plusvalía de 500 €.
Fórmula:
Plusvalía = Precio de Venta - Precio de Compra - Gastos (comisiones, tasas)
Ejemplo:
Compra: 1.000 € (+ 5 € de comisión) = 1.005 €
Venta: 1.500 € (- 7 € de comisión) = 1.493 €
Plusvalía: 488 €
Tipos Impositivos
En Portugal tienes dos opciones para tributar las plusvalías:
| Opción | Tipo | Cuándo Elegir |
|---|---|---|
| Tributación Fija (taxa liberatória) | 28% | Renta anual > 27.000 €. Proceso más simple. |
| Agregación (englobamento) | 12,5% - 48% | Renta anual < 27.000 €. Puedes pagar menos del 28%. |
💰 Opción de Agregación (englobamento): Paga Menos Impuestos
Si tu renta total (incluyendo el salario) es inferior a 27.000 €/año, elegir la agregación (englobamento) puede reducir significativamente los impuestos.
Ejemplo: Obtuviste 5.000 € en plusvalías y tienes una renta del trabajo de 20.000 € (tipo marginal del 28,5%). Con la agregación (englobamento), pagas 28,5% × 5.000 € = 1.425 €. Con la tributación fija (taxa liberatória), pagarías 28% × 5.000 € = 1.400 €. En este caso, la tributación fija (taxa liberatória) es ligeramente mejor. Pero si tu tipo marginal fuera del 12,5%, solo pagarías 625 € con la agregación (englobamento).
Adicional de Solidaridad (2025)
Para rentas altas, se aplica un adicional de solidaridad sobre la renta imponible:
- - Renta entre 80.000 € - 250.000 €: tipo adicional del 2,5%
- - Renta superior a 250.000 €: tipo adicional del 5%
Este impuesto se aplica a la renta total (incluidas las plusvalías con agregación/englobamento).
Agregación Obligatoria para Ganancias a Corto Plazo (Art. 72(14) CIRS)
Desde el 1 de enero de 2023 (Lei n.º 24-D/2022), el saldo positivo de plusvalías y minusvalías de valores y criptoactivos mantenidos durante menos de 365 días se agrega obligatoriamente (englobado) cuando la renta imponible (incluido este saldo) alcanza o supera el tramo más alto del art. 68 CIRS:
- - Año fiscal 2025 (declarado en 2026): 83.696 €
- - Año fiscal 2026 (declarado en 2027): 86.634 €
En ese caso, en lugar del tipo fijo del 28%, el saldo se tributa a los tipos progresivos (hasta el 48% + recargo de solidaridad). La regla se aplica al saldo combinado declarado en el Anexo G Cuadro 09 y el Anexo J Cuadro 9.2A. Tax-Wizard te avisa cuando esta agregación se vuelve obligatoria.
Base legal: Art. 72(14) CIRS · Art. 68 CIRS.
Ley 31/2024: Reducciones para Inversiones a Largo Plazo
Desde el 28 de junio de 2024, Portugal ha introducido reducciones progresivas en los tipos impositivos para acciones y ETF mantenidos durante largos períodos.
| Período de Tenencia | Reducción de Impuesto | Tipo Efectivo (partiendo del 28%) |
|---|---|---|
| < 2 años | 0% | 28% |
| 2-5 años | 10% | 25,2% |
| 5-8 años | 20% | 22,4% |
| 8+ años | 30% | 19,6% |
📊 Ejemplo Práctico: Ley 31/2024
Compró acciones de Microsoft en enero de 2017 por 5.000 €.
Las vendió en enero de 2025 (8 años después) por 12.000 €.
Plusvalía: 7.000 €
Sin la Ley 31/2024: 7.000 € × 28% = 1.960 € en impuestos
Con la Ley 31/2024 (8+ años): 7.000 € × 19,6% = 1.372 € en impuestos
💰 Ahorro: 588 €
Tipos de Activos Soportados
Tax-Wizard reconoce los siguientes tipos de instrumentos en los extractos del broker y los dirige al Anexo/Cuadro correcto del IRS:
| Tipo de activo | Anexo / Cuadro | Notas |
|---|---|---|
| Acciones | J / Cuadro 9.2A - o G / Cuadro 09 (PT) | Elegible para la Lei 31/2024 si se mantiene ≥2 años |
| ETF / ETP / Fondos | J / Cuadro 9.2A - o G / Cuadro 09 (PT) | Tratados como acciones; los UCITS domiciliados en Irlanda no cualifican para la exclusión del 50% en dividendos |
| Bonos | J / Cuadro 9.2A (plusvalías) + Cuadro 8A (cupones) | Plusvalías e intereses declarados en cuadros distintos |
| Letras del Tesoro (T-Bills) | J / Cuadro 9.2A + Cuadro 8A | Tratadas como bonos a corto plazo |
| Opciones / Futuros (derivados) | J / Cuadro 9.2B (derivados) | Tributados al 28%; las pérdidas no compensan otras categorías |
| CFDs / Warrants | J / Cuadro 9.2B (derivados) | Clasificados como instrumentos derivados |
| Forex / FX-CFDs | J / Cuadro 9.2B (derivados) | Igual que lo anterior |
| Productos estructurados | J / Cuadro 9.2A o 9.2B (según el subyacente) | Consulta el folleto para la clasificación |
| Materias primas (oro físico, ETC, etc.) | J / Cuadro 9.2A o 9.2B | Las ganancias en materias primas físicas siguen reglas específicas en PT |
| Criptoactivos (<365 días) | J / Cuadro 9.4A (extranjero) o G / Cuadro 18 (PT) | Ver la sección de Criptomonedas |
| Criptoactivos (≥365 días) | G1 / Cuadro 07 (exento) | Declarado pero no tributado |
Importante: Método FIFO Obligatorio
Portugal utiliza el método FIFO (First In, First Out - primero en entrar, primero en salir) para calcular las plusvalías. Esto significa que las primeras acciones compradas son las primeras en venderse. No puedes elegir qué lote vender.
Método FIFO: Cómo Funciona
📝 Ejemplo de FIFO
Compras:
- 01/01/2023: 10 acciones de Apple a 100 € = 1.000 €
- 06/01/2023: 15 acciones de Apple a 120 € = 1.800 €
- 01/01/2024: 20 acciones de Apple a 140 € = 2.800 €
Venta:
- 03/01/2025: Vende 25 acciones a 160 € = 4.000 €
Cálculo FIFO:
Primero, vende las 10 acciones del 01/01/2023 (a 100 € cada una)
Luego, vende 15 acciones del 06/01/2023 (a 120 € cada una)
Coste: (10 × 100 €) + (15 × 120 €) = 1.000 € + 1.800 € = 2.800 €
Ingresos: 25 × 160 € = 4.000 €
Plusvalía: 4.000 € - 2.800 € = 1.200 €
💡 Tax-Wizard calcula automáticamente el FIFO para todas tus operaciones, incluso con cientos de transacciones.
2. Tributación de las Criptomonedas
✨ Regla de los 365 Días: Exención Total de Impuestos
Portugal es uno de los países más favorables de Europa para las criptomonedas. Si mantienes Bitcoin, Ethereum u otras criptomonedas durante ≥365 días, la plusvalía está 100% exenta de impuestos.
⚠️ Atención: las Acciones Tokenizadas NO Obtienen la Exención de 365 Días
La exención de 365 días solo se aplica a los «criptoactivos que no constituyen valores mobiliarios» (art. 10(19) CIRS). Las acciones y ETF tokenizados (p. ej. en Kraken, replicando Apple o Tesla) son valores mobiliarios (security tokens) y tributan como cualquier acción - plusvalías al 28%, independientemente del período de tenencia.
Lee la guía completa: Acciones Tokenizadas y la Fiscalidad Portuguesa →
Reglas de Tributación
| Situación | Tipo Impositivo | Notas |
|---|---|---|
| Tenencia ≥365 días | 0% (EXENTO) | Se cuenta desde la fecha de compra |
| Tenencia <365 días | 28% | O agregación (englobamento) (12,5%-48%) |
| Intercambio Cripto-a-Cripto (BTC → ETH) |
NO TRIBUTA | Confirmado oficialmente por la AT |
| Conversión a EUR/USD | 28% (si <365 días) | Solo las conversiones a moneda fiat son imponibles |
📊 Ejemplo: Regla de los 365 Días
Escenario 1: Venta antes de los 365 días
- Compra: 1 BTC a 20.000 € el 01/01/2024
- Venta: 1 BTC a 50.000 € el 01/06/2024 (150 días después)
- Plusvalía: 30.000 €
- Impuesto: 30.000 € × 28% = 8.400 €
Escenario 2: Venta después de los 365 días
- Compra: 1 BTC a 20.000 € el 01/01/2024
- Venta: 1 BTC a 50.000 € el 02/01/2025 (366 días después)
- Plusvalía: 30.000 €
- Impuesto: 0 € (EXENTO) 🎉
Intercambios Cripto-a-Cripto: No Tributan
Una de las mayores ventajas de Portugal es que los intercambios entre criptomonedas NO tributan. Confirmado oficialmente por la Autoridade Tributária e Aduaneira (Hacienda portuguesa) (AT).
Ejemplo: Swap BTC → ETH
- Compraste 1 BTC por 20.000 €
- Intercambiaste 1 BTC por 10 ETH (valor de mercado: 35.000 €)
- No pagas impuestos por esta transacción
- Solo pagarás impuestos cuando conviertas ETH a EUR (y solo si se mantuvo <365 días)
Eventos Cripto Gestionados por Tax-Wizard
Tax-Wizard procesa automáticamente los siguientes tipos de eventos de los exchanges soportados (Coinbase, Kraken, Binance, Crypto.com, Bit2Me, KuCoin, Bitget, Nexo, Luno, Strike, Robinhood Crypto):
| Evento | Tratamiento en PT |
|---|---|
| Venta a fiat (EUR/USD/…) | Cat. G - tributa si <365 días; exenta si ≥365 días (art. 10(19)) |
| Swap cripto-a-cripto (BTC ↔ ETH, etc.) | No tributa; el coste de adquisición se traslada al activo recibido |
| Recompensas de staking | Cat. E (28%) para staking pasivo; Cat. B para roles de validador/masternode |
| Airdrops | Cat. G en la venta; recepciones >500 € también pueden generar un impuesto de sello del 10% |
| Unstaking DeFi, envoltura dPoS | Tratado como transferencia interna - no es un evento imponible |
| Envíos/transferencias entre carteras propias | No tributa (se conserva el historial del coste de adquisición) |
| Recompensas Pay, recompensas de campañas de marketing | Tratado como airdrop - el valor de mercado en el momento de recepción entra en el coste de adquisición |
| Dust sweeping, conversiones por exclusión de listado | Convertido a EUR mediante el tipo del BdP - se registra como ganancia/pérdida residual |
| Minería | Siempre Cat. B; coeficiente 0,95 en el régimen simplificado (ver sección anterior) |
| Comisiones del exchange | Reducen el saldo de plusvalías (se suman al coste de adquisición o se restan de los ingresos) |
Aclaración de la AT (nov. 2025): la tributación solo se materializa al convertir a moneda fiat (EUR). Las stablecoins (USDT, USDC) se tratan como cripto a efectos de cartera, pero se convierten mediante el tipo USD/EUR del BdP en el momento de la realización en fiat.
Otras Obligaciones Fiscales
| Actividad | Tributación |
|---|---|
| Staking/Minería (actividad ocasional) | 28% sobre las ganancias (Categoría B) |
| Staking/Minería (actividad habitual) | Rendimientos empresariales (actividad abierta) |
| Airdrops > 500 € | Impuesto de Sello del 10% + declarar en el IRS |
| Comisiones del exchange | Impuesto de Sello del 4% (retenido por el exchange) |
Consejo: Planificación Fiscal para Cripto
Si planeas vender criptomonedas, considera esperar a que hayan pasado 365 días desde la compra. La diferencia entre pagar el 28% o el 0% puede ser significativa. Usa Tax-Wizard para hacer seguimiento automático de los períodos de tenencia.
Categoría G vs Categoría B: ¿Cuándo es una «Actividad Habitual»?
El CIRS distingue entre las ganancias del inversor particular (Categoría G, art. 10(1)(k) CIRS) y las operaciones empresariales/habituales (Categoría B, art. 4(1)(o) CIRS). La minería y la validación son siempre Categoría B por mandato legal, independientemente del volumen.
Criterios de «actividad habitual» (ficha doctrinaria de la AT IV 5717/2015):
- Frecuencia y volumen de las operaciones (actividad diaria, número muy elevado)
- Ánimo de lucro como propósito principal
- Infraestructura organizada (hardware, software, instalaciones, empleados)
- Uso regular de apalancamiento/margen/derivados
- Dedicación de tiempo (a tiempo completo u ocupación principal)
- Rotación de tenencia muy corta (perfil de trader)
Las ventas ocasionales de un inversor particular siguen siendo Categoría G independientemente del importe.
Categoría B - régimen simplificado y coeficientes (art. 31 CIRS):
| Actividad | Coeficiente | Tipo efectivo máximo (tramo más alto + solidaridad) |
|---|---|---|
| Trading / emisión / validación (no minería) - art. 31(1)(d) | 0,15 | ~7,95% |
| Minería - art. 31(1)(c) | 0,95 | ~50,35% |
Por encima de 200.000 € de facturación anual (art. 28(2) CIRS), la contabilidad organizada (contabilidade organizada) es obligatoria (se aplican las reglas del CIRC).
Base legal: Lei n.º 24-D/2022 (Presupuesto del Estado 2023 - introdujo el régimen de tributación de criptoactivos).
3. Tributación de los Dividendos
Los dividendos recibidos de acciones extranjeras están sujetos a dos niveles de tributación:
- Retención en origen en el país de origen (varía según el país, típicamente 15-30%)
- Tributación en Portugal (tributación fija (taxa liberatória) del 28% o agregación (englobamento))
Opciones de Tributación
| Opción | Tipo | Ventajas |
|---|---|---|
| Tributación Fija (taxa liberatória) | 28% |
- Proceso más simple - Tributación final (no se incluye en el IRS) - Puedes deducir la retención extranjera |
| Agregación (englobamento) | 12,5% - 48% (sobre el 50% de los dividendos) |
- Exención del 50% - Mejor para rentas bajas/medias - Puedes deducir la retención extranjera |
💰 Agregación (englobamento): Exención del 50% en Dividendos
Si eliges la agregación (englobamento), solo se tributa el 50% de los dividendos a los tipos marginales. Esto puede suponer un ahorro considerable.
Ejemplo: Recibiste 2.000 € en dividendos. Tienes una renta del trabajo de 18.000 € (tipo marginal del 26,5%).
- Tributación Fija (taxa liberatória): 2.000 € × 28% = 560 €
- Agregación (englobamento): (2.000 € × 50%) × 26,5% = 1.000 € × 26,5% = 265 €
- 💰 Ahorro: 295 €
⚠️ Condición Importante: Qué Dividendos Cualifican para el 50%
La exclusión del 50% prevista en el artículo 40-A del CIRS, cuando eliges la agregación (englobamento), se aplica a los dividendos pagados por cualquier entidad residente en un Estado miembro de la UE (o Estado del EEE que cualifique) sujeta al impuesto de sociedades en las condiciones del artículo 2 de la Directiva 2011/96/UE - no solo empresas portuguesas.
SÍ cualifican para el 50%: Dividendos de empresas portuguesas, alemanas, francesas, neerlandesas, españolas, italianas, irlandesas (operativas) y otras sociedades de la UE/EEE que cualifiquen, sujetas al impuesto de sociedades bajo la Directiva Matriz-Filial (2011/96/UE).
NO cualifican: Dividendos de empresas estadounidenses (Apple, Microsoft, Tesla), del Reino Unido (tras el Brexit), de Suiza, ni distribuciones de UCITS/ETF domiciliados en Irlanda (que son fondos exentos de impuestos).
Nota: Para activar el beneficio en el Anexo J Cuadro 8A, debes disponer de una declaración certificada de la autoridad fiscal del país de origen que confirme que la entidad cumple las condiciones del artículo 2 de la Directiva.
Doble Tributación y Crédito Fiscal
Portugal tiene convenios de doble imposición con más de 80 países (incluyendo EE.UU., Reino Unido, Alemania, Francia). Esto permite deducir la retención extranjera de los impuestos portugueses.
📝 Ejemplo: Dividendos de Acciones de EE.UU.
Recibiste 1.000 € en dividendos de Apple (acción de EE.UU.).
EE.UU. retiene el 15% en origen = 150 €.
Recibes líquidos: 850 €.
Opción 1: Tributación Fija (taxa liberatória)
Impuesto PT: 1.000 € × 28% = 280 €
Menos crédito fiscal de EE.UU.: 280 € - 150 € = 130 €
Total a pagar en PT: 130 €
Total de impuestos: 150 € (EE.UU.) + 130 € (PT) = 280 €
Opción 2: Agregación (englobamento) (tipo marginal 23,0%)
Los dividendos de EE.UU. no cualifican para la reducción del 50% (solo entidades de la UE/EEE que cualifiquen bajo la Directiva 2011/96/UE).
Base imponible: 1.000 € (importe íntegro)
Impuesto PT: 1.000 € × 23,0% = 230 €
Menos crédito fiscal de EE.UU.: 230 € - 150 € = 80 €
Total a pagar en PT: 80 €
Total de impuestos: 150 € (EE.UU.) + 80 € (PT) = 230 € ✅
💡 Consejo: Si en lugar de Apple hubieras recibido 1.000 € en dividendos de Siemens (Alemania) - que sí cualifica para la reducción del 50% - al mismo tipo marginal del 23,0% solo pagarías 500 € × 23,0% = 115 € en PT (tras el crédito por la retención alemana del 26,375%, limitada al 15% en virtud del convenio de doble imposición).
Atención: Formulario W-8BEN para Inversores en EE.UU.
Si inviertes en acciones de EE.UU. a través de brokers como IBKR, eToro o Revolut, debes rellenar el formulario W-8BEN para beneficiarte del tipo reducido del 15% (en lugar del 30%) en virtud del convenio de doble imposición entre Portugal y EE.UU.
Dividendos de Empresas Portuguesas a través de un Broker Extranjero (DEGIRO, Trade Republic, IBKR)
¿Recibiste dividendos de EDP, BCP, Galp o NOS a través de un broker extranjero? Estos dividendos suelen retenerse al 35% (en lugar del habitual 28%), porque la estructura de cuenta ómnibus de estos brokers impide que el agente retenedor portugués identifique al beneficiario efectivo (artículo 71 CIRS).
La Autoridad Tributaria portuguesa aclaró en una información vinculante (Processo 21047, decisión de 14/10/2024) que estos dividendos no se declaran en el Anexo E: según el artículo 18(1)(g) del CIRS, lo que localiza el rendimiento es la sede de la entidad que lo pone a disposición - el broker extranjero - no la sede de la empresa que lo distribuye. Por tanto, son rendimientos obtenidos fuera de Portugal, con declaración obligatoria en el Anexo J, Cuadro 8A, código E11, junto con las respectivas retenciones.
Declarar este rendimiento y sus retenciones es también la única forma de recuperar el exceso retenido por encima del tipo del 28%. Tax-Wizard clasifica automáticamente estos dividendos en el Anexo J, Cuadro 8A - incluso si seleccionaste la opción de omitir rendimientos ya retenidos en origen (esa omisión solo es legal para rendimientos declarables en el Anexo E, donde la declaración es opcional).
Ingresos de P2P y Crowdfunding
Tax-Wizard admite extractos de las principales plataformas europeas de P2P/crowdfunding: GoParity (PT), Inrento, Robocash, Fintown, Esketit, Peerberry, Crowdpear, Bondora, ViaInvest, MacClear y Mintos. Los ingresos por intereses se declaran típicamente así:
- Plataformas extranjeras → Anexo J Cuadro 8A (intereses de fuente extranjera) según el país de residencia del pagador, con crédito por retención cuando corresponda
- Plataformas portuguesas (GoParity) → según el NIF del pagador y el tipo de producto; consulta siempre el extracto emitido por la plataforma
Para una guía detallada sobre el tratamiento en el IRS de los ingresos de P2P, minibonos y crowdfunding, consulta la guía de P2P/Crowdfunding en Portugal.
4. Anexo J - Rendimientos Obtenidos en el Extranjero
El Anexo J es obligatorio para declarar todos los rendimientos obtenidos en el extranjero, incluyendo:
- Plusvalías de acciones/ETF vendidos a través de brokers extranjeros
- Dividendos de acciones extranjeras
- Cuentas bancarias en el extranjero (incluso sin rendimientos)
- Criptomonedas (si <365 días)
Estructura del Anexo J: Cuadros Relevantes
| Quadro | Qué Declarar | Ejemplos |
|---|---|---|
| Quadro 8A | Dividendos e intereses | Dividendos de acciones de Apple, intereses de bonos |
| Quadro 9.2A | Plusvalías de valores mobiliarios | Venta de acciones, ETF, bonos |
| Quadro 9.2B | Derivados | Opciones, futuros, warrants, CFDs |
| Quadro 9.4A | Criptoactivos (<365 días) | Venta de criptomonedas (plataformas extranjeras) |
| Quadro 11 | Cuentas en el extranjero | Cuentas de Revolut, DEGIRO, IBKR, Coinbase |
Quadro 8A: Dividendos e Intereses
Usa este cuadro para declarar los dividendos recibidos de acciones extranjeras y los intereses de bonos o depósitos bancarios en el extranjero.
📝 Campos Principales del Quadro 8A
- Código de rendimiento
- Código de país
- Rendimiento bruto
- Impuesto pagado en el extranjero
Quadro 9.2A: Plusvalías de Valores Mobiliarios
Este es el cuadro más complejo, donde se indican todas las plusvalías resultantes de la venta de acciones, ETF y bonos. Aviso: Las criptomonedas se declaran en el Quadro 9.4A (ver más abajo).
📝 Campos Principales del Quadro 9.2A
- País de origen
- Código de rendimiento
- Fecha de realización (venta)
- Valor de realización
- Fecha de adquisición
- Valor de adquisición
- Gastos y encargos
⚠️ Atención: Una Línea por Cada Operación
Si vendiste acciones de Apple 50 veces durante el año, necesitas rellenar 50 líneas en el Quadro 9.2A. Para inversores activos, esto puede significar cientos de líneas. Tax-Wizard automatiza completamente este proceso.
Quadro 9.2B: Derivados
Este cuadro sirve para declarar las ganancias y pérdidas de instrumentos financieros derivados: opciones, futuros, warrants, CFDs y otros contratos derivados.
📊 Tipos de Derivados
- Opciones: Calls y puts sobre acciones, índices, etc.
- Futuros: Contratos sobre materias primas, índices, divisas
- Warrants: Derechos de compra/venta emitidos por bancos
- CFDs: Contratos por diferencia (Trading 212, eToro, etc.)
📝 Campos Principales del Quadro 9.2B
- País de origen
- Código de rendimiento
- Rendimiento neto (ganancia o pérdida)
- Impuesto pagado en el extranjero
Aviso: Los derivados declaran el rendimiento neto (no transacción por transacción como las acciones).
Quadro 9.4A: Criptoactivos (<365 días)
Este cuadro es específico para criptomonedas vendidas antes de 365 días de tenencia, adquiridas a través de plataformas extranjeras (Coinbase, Kraken, Binance, etc.).
₿ Diferencia entre 9.2A y 9.4A
- Quadro 9.2A: Acciones, ETF, Bonos (Valores Mobiliarios Tradicionales)
- Quadro 9.4A: Criptoactivos <365 días (agregados por país/fecha)
Aviso: La cripto ≥365 días está exenta y va en el Anexo G1, Quadro 07.
📝 Campos Principales del Quadro 9.4A
- Código de país
- Fecha de realización (venta)
- Valor de realización
- Fecha de adquisición
- Valor de adquisición
- Gastos y encargos
Quadro 11: Declaración de Cuentas en el Extranjero
Debes declarar todas las cuentas bancarias y de inversión en el extranjero, incluso si no han generado rendimientos.
¿Tienes curiosidad por saber si tu broker ya informa directamente a la Autoridad Tributaria portuguesa? Consulta nuestra guía: ¿Revolut informa a la AT? (y otros brokers).
Conversión de Divisas (Art. 23 CIRS)
Todas las transacciones en moneda extranjera (USD, GBP, etc.) deben convertirse a EUR usando los tipos de cambio oficiales del Banco de Portugal (matemáticamente equivalentes a los tipos del BCE para pares basados en EUR). La regla está establecida en el art. 23 del CIRS.
Qué tipo usar y en qué fecha
- Plusvalías - coste de adquisición: tipo de compra del BdP en la fecha de compra (encargo)
- Plusvalías - ingresos: tipo de compra del BdP en la fecha de venta
- Dividendos/intereses: tipo de compra del BdP en la fecha de pago (data de colocação à disposição)
- Gastos pagados en el extranjero transferidos a PT: tipo de venta del BdP en la fecha de transferencia
Una compra en 2022 y una venta en 2024 usan dos tipos distintos (uno por cada operación) - no un único tipo.
Tipo del 31 de diciembre - solo como alternativa
El art. 23(2) permite usar el tipo del 31 de diciembre solo cuando las fechas anteriores no pueden acreditarse. No es el método por defecto. Los tipos oficiales están en bportugal.pt/page/conversor-de-moeda.
Anexo G - Plusvalías en Portugal
¿Cuándo Usar el Anexo G?
El Anexo G se usa para declarar plusvalías de fuente portuguesa (valores de entidades residentes en Portugal) o plataformas de criptomonedas. Incluye:
Quadro 09 - Valores PT
- Acciones de empresas portuguesas (EDP, Galp, CTT)
- Bonos y fondos de emisores portugueses
- Ventas en la bolsa portuguesa (Euronext Lisboa)
Tipo: 28% o agregación (englobamento) (con la Ley 31/2024)
Quadro 18 - Cripto <365 días (PT)
- Criptomonedas vendidas antes de 365 días
- Conversiones cripto → EUR (no exentas)
- Plataformas con NIF portugués
Tipo: 28% sobre las plusvalías
⚠️ El Origen del Activo Decide, No el Broker
Que un rendimiento vaya al Anexo G o al Anexo J depende del origen del activo, no del broker que usaste. Los valores de fuente portuguesa (p. ej. acciones de empresas portuguesas) van al Anexo G; los valores de fuente extranjera van al Anexo J - independientemente del broker con el que se compraron (Revolut, IBKR, XTB, etc.). Tax-Wizard clasifica cada transacción automáticamente según el origen del activo.
💡 Tax-Wizard lo Rellena Automáticamente
Al procesar tus extractos, Tax-Wizard identifica automáticamente qué transacciones pertenecen al Anexo G (fuente portuguesa) y cuáles al Anexo J (extranjera). No es necesario separarlas manualmente.
Anexo G1 - Criptomonedas Exentas (≥365 días)
✨ Exención Total - ¡Pero Aún Debes Declarar!
Las criptomonedas mantenidas durante 365 días o más están 100% exentas de impuestos en Portugal. Sin embargo, aún debes declararlas en el Anexo G1, Quadro 07.
Quadro 07 - Plusvalías No Sujetas a Tributación
El Anexo G1 se usa para declarar rendimientos exentos que aun así deben reportarse:
- Criptomonedas mantenidas ≥365 días (exentas desde 2023)
- Valor de adquisición y valor de realización
- Fecha de compra y fecha de venta
- Identificación del criptoactivo (BTC, ETH, etc.)
📊 Ejemplo: Bitcoin mantenido 2 años
Compra: 01/01/2023 - 1 BTC por 15.000 €
Venta: 15/03/2025 - 1 BTC por 45.000 €
Plusvalía: 30.000 €
Resultado: Como se mantuvo >365 días, la plusvalía está 100% exenta.
Aun así, debes declararla en el Anexo G1, Quadro 07.
Impuesto a pagar: 0 €
⚠️ ¿Por Qué Declarar si Estás Exento?
La Autoridad Tributaria exige la declaración incluso para rendimientos exentos. Esto permite al Estado:
- Comprobar que efectivamente cumples los 365 días
- Disponer de un registro oficial de tus transacciones cripto
- Confirmar el coste de adquisición para futuras transacciones
💡 Tax-Wizard Separa Automáticamente
Al procesar tus extractos cripto (Coinbase, Kraken, Binance, Crypto.com), Tax-Wizard calcula automáticamente el período de tenencia y separa las transacciones entre:
- Anexo G1: Cripto ≥ 365 días (exenta)
- Anexo G Quadro 18: Cripto <365 días de plataformas PT
- Anexo J Quadro 9.4A: Cripto <365 días de plataformas extranjeras
Quadro 08 - Activos en Paraísos Fiscales
Obligatorio incluso sin ventas
El Anexo G1, Quadro 08 declara activos mantenidos en países, territorios o regiones con un régimen fiscal claramente más favorable (paraísos fiscales), según el art. 57(7) del CIRS y la lista de la Portaria n.º 150/2004, de 13 de febrero. La obligación se aplica incluso si no vendiste nada durante el año - basta con mantener los activos a 31 de diciembre.
Qué debes declarar
Cada línea contiene: Titular, Código (tipo de activo), País (código numérico de la AT) y Valor. Tabla de códigos oficial:
| Código | Tipo de activo | Cómo calcular el «Valor» |
|---|---|---|
| 01 | Derechos reales inmobiliarios situados allí | Coste de adquisición |
| 02 | Vehículos, embarcaciones o aeronaves matriculados allí | Coste de adquisición |
| 03 | Cuentas de depósito o valores en entidades con sede allí | Valor a fin de año (31 dic.) |
| 04 | Acciones, participaciones y aportaciones de capital en entidades con sede allí | Cotización a 31 dic. (o fecha anterior más próxima); si no cotiza → coste de adquisición |
| 05 | Participaciones en instituciones de inversión colectiva/inversión alternativa/capital de riesgo gestionadas por entidades con sede allí | Cotización a 31 dic. (o fecha anterior más próxima); si no cotiza → coste de adquisición |
| 06 | Bonos y otros valores emitidos por entidades con sede allí | Cotización a 31 dic. (o fecha anterior más próxima); si no cotiza → coste de adquisición |
| 07 | Préstamos de socios y otros préstamos a entidades con sede allí | Valor a fin de año (31 dic.) |
| 08 | Contratos de seguro o de renta con entidades con sede allí | Valor a fin de año (31 dic.) |
| 09 | Activos mantenidos a través de sociedades personalistas o estructuras fiduciarias | Valor del saldo a fin de año (o suma de los ítems anteriores) |
Fuente: instrucciones de cumplimentación del Anexo G1, modelo vigente desde enero de 2025.
¿Qué países cuentan como paraísos fiscales?
La lista proviene de la Portaria n.º 150/2004, de 13 de febrero (con posteriores modificaciones). Los códigos numéricos coinciden con la norma ISO 3166-1. Los más relevantes para inversores en acciones/ETF:
| País / Territorio | Código | Aparece típicamente como |
|---|---|---|
| Islas Vírgenes Británicas (BVI) | 092 | ISIN VG… (p. ej. mineras, holdings) |
| Jersey | 832 | ISIN JE… (p. ej. ETC de oro) |
| Guernsey | 831 | ISIN GG… |
| Isla de Man | 833 | ISIN IM… |
| Islas Caimán | 136 | ISIN KY… |
| Bermudas | 060 | ISIN BM… |
| Hong Kong | 344 | ISIN HK… - aún obligatorio para el IRS de 2025; se elimina solo a partir del año fiscal 2026 (declarado en 2027) |
| Liechtenstein | 438 | ISIN LI… - aún obligatorio para el IRS de 2025; se elimina solo a partir del año fiscal 2026 (declarado en 2027) |
| Uruguay | 858 | ISIN UY… - aún obligatorio para el IRS de 2025; se elimina solo a partir del año fiscal 2026 (declarado en 2027) |
| Panamá | 591 | ISIN PA… |
| Mónaco | 492 | ISIN MC… |
| Emiratos Árabes Unidos | 784 | ISIN AE… |
| Curazao | 531 | ISIN CW… |
| Bahamas | 044 | ISIN BS… |
⏱️ Plazos para la declaración del IRS de 2025 (presentada en 2026)
La Portaria n.º 292/2025/1, de 5 de septiembre de 2025 eliminó a Hong Kong, Liechtenstein y Uruguay de la lista portuguesa de paraísos fiscales, pero solo produce efectos a partir del 1 de enero de 2026. El cambio se aplica a hechos tributarios ocurridos a partir de esa fecha, por lo que estas tres jurisdicciones siguen en la lista para el año fiscal 2025 y deben seguir reportándose en el Anexo G1 (Cuadro 08) y en el Anexo J de la declaración del IRS presentada en 2026. La eliminación se aplica por primera vez al año fiscal 2026, declarado en 2027.
❓ «Pero Jersey y la Isla de Man cumplen con la OCDE/CRS - ¿no fueron eliminadas?»
Se eliminaron en 2017 y se volvieron a incluir en 2018. La Portaria n.º 345-A/2016 retiró a Jersey, la Isla de Man y Uruguay de la lista con efectos desde el 1/1/2017, precisamente por su adhesión al intercambio automático de información de la OCDE/CRS. Un año después, el art. 290 de la Lei n.º 114/2017 (Presupuesto del Estado 2018) revocó expresamente la Portaria 345-A/2016, devolviendo a Jersey, la Isla de Man y Uruguay a la lista desde el 1/1/2018 - donde permanecen para el año fiscal 2025. El cumplimiento de la OCDE/FATCA/CRS es necesario pero no suficiente: la eliminación solo se produce mediante una Portaria expresa del Ministro de Finanzas.
La Portaria n.º 150/2004 consolidada contiene unas 78 jurisdicciones para el año fiscal 2025. La tabla anterior muestra solo ejemplos comunes - consulta la versión consolidada en el Diário da República para la lista completa.
📊 Ejemplo: inversor con un ETC de oro en Jersey + una acción minera en las BVI
El 31/12/2025 el contribuyente mantiene:
- 46,29 unidades de Physical Gold Hedged EUR (ISIN
JE00B8DFY052) - cotización a fin de año = 1.084,25 € - 10,49 acciones de Critical Metals (ISIN
VGG2662B1031) - cotización a fin de año = 64,51 €
El Anexo G1 Quadro 8 debe contener 2 líneas:
- Línea 801: Código 04 (acciones), País 092 (BVI), Valor 64,51
- Línea 802: Código 05 (inversión colectiva), País 832 (Jersey), Valor 1.084,25
⚠️ Cuidado con los ADR y las participaciones
El criterio legal es la sede o domicilio de la entidad emisora - no el mercado donde cotiza el valor. Muchos ADR y empresas chinas/asiáticas con ISIN estadounidenses (US…) están en realidad constituidas en las Islas Caimán o las BVI y deben declararse en el Quadro 8. El prefijo del ISIN es una buena pista, pero puede fallar en estos casos - confirma la sede en el informe anual de la empresa.
💡 Cómo Rellena Tax-Wizard el Quadro 8
Para cada posición abierta a 31/12 (en cualquier broker soportado), Tax-Wizard:
- Identifica el país del emisor (prefijo del ISIN o datos del broker)
- Comprueba si está en la lista de la Portaria 150/2004 para el año fiscal correspondiente
- Asigna el Código (04 acciones, 05 fondos, 06 bonos)
- Usa la cotización a fin de año o, cuando no está disponible, el coste de adquisición
- Agrega por (Código, País) en una única línea por par
Cuando un broker ya proporciona estos datos en su propio informe fiscal (p. ej. Trade Republic, Sección XI del «Relatório Fiscal» portugués), se prefieren esos valores porque reflejan la contabilidad interna del broker.
Anexo E - Dividendos e Intereses de Entidades Portuguesas
¿Cuándo Usar el Anexo E?
El Anexo E (Quadro 04) se usa para declarar rendimientos de capital de entidades con NIF portugués, cuando se reciben a través de un intermediario portugués (banco o broker nacional). Esto incluye dividendos e intereses de empresas portuguesas.
Atención: los dividendos de empresas portuguesas recibidos a través de un broker extranjero (DEGIRO, Trade Republic, IBKR, etc.) no van en el Anexo E - se declaran en el Anexo J, Quadro 8A, código E11, según la información vinculante de la AT (Processo 21047, decisión de 14/10/2024).
Quadro 04 - Rendimientos de Capital
Incluye rendimientos de:
- Dividendos: Acciones de empresas portuguesas (EDP, Galp, Jerónimo Martins, CTT, NOS)
- Intereses: Depósitos en bancos portugueses, bonos portugueses
- Otros: Rendimientos de capital de entidades con NIF PT
| Tipo de Rendimiento | Anexo | Ejemplo |
|---|---|---|
| Dividendos de empresas PT vía banco/broker PT | Anexo E | Dividendos de EDP, Galp en BPI, Banco Invest, XTB |
| Dividendos de empresas PT vía broker extranjero | Anexo J | Dividendos de EDP, BCP en DEGIRO, Trade Republic (Proc. 21047) |
| Dividendos de empresas extranjeras | Anexo J | Dividendos de Apple, Microsoft |
| Intereses de bancos PT | Anexo E | Depósitos en BPI, CGD, Millennium |
| Intereses de bancos extranjeros | Anexo J | Intereses de Trade Republic, Lightyear |
💰 Exención del 50% con la Agregación (englobamento)
Al igual que los dividendos extranjeros, los dividendos de empresas portuguesas también se benefician de la exención del 50% si eliges la agregación (englobamento). Solo se tributa la mitad del valor a los tipos marginales.
💡 Clasificación Automática
Tax-Wizard clasifica automáticamente cada rendimiento: los rendimientos de entidades portuguesas recibidos a través de un intermediario portugués van al Anexo E; los rendimientos de fuente extranjera - y los dividendos de empresas portuguesas recibidos a través de un broker extranjero (Processo 21047) - van al Anexo J.
5. Tributación Fija (taxa liberatória) vs Agregación (englobamento): ¿Cuál Elegir?
Esta es una de las decisiones más importantes al declarar inversiones en el IRS. La elección correcta puede suponer un ahorro fiscal considerable.
💡 Regla General: Cuándo Elegir la Agregación (englobamento)
La agregación (englobamento) es ventajosa si:
- Tu renta total (incluidas las inversiones) es < 27.000 €/año
- Tienes dividendos significativos (se benefician de la exención del 50%)
- Tu tipo marginal es < 28%
La tributación fija (taxa liberatória) es ventajosa si:
- Tu renta total es > 27.000 €/año
- Tienes plusvalías elevadas (sin exención en la agregación (englobamento))
- Tu tipo marginal es ≥ 28%
📊 Ejemplo Comparativo Completo
Perfil: Renta del trabajo: 22.000 € | Plusvalías: 3.000 € | Dividendos: 1.500 €
Tipo marginal: 35% (renta total 26.500 €)
Opción 1: Tributación Fija (taxa liberatória) (28%)
Plusvalías: 3.000 € × 28% = 840 €
Dividendos: 1.500 € × 28% = 420 €
Total de impuestos: 1.260 €
Opción 2: Agregación (englobamento) (tipo marginal 35%)
Plusvalías: 3.000 € × 35% = 1.050 €
Dividendos: (1.500 € × 50%) × 35% = 750 € × 35% = 262,50 €
Total de impuestos: 1.312,50 €
Resultado: En este caso, la tributación fija (taxa liberatória) es mejor (ahorro de 52,50 €).
Si no hubiera dividendos, la diferencia sería aún mayor.
Brokers y Plataformas Soportados
Tax-Wizard procesa extractos de más de 40 brokers y plataformas para generar automáticamente los Anexos E, G, G1 y J de tu declaración del IRS. Para los brokers más usados en Portugal, ofrecemos guías paso a paso dedicadas sobre cómo exportar los extractos:
Otros brokers y plataformas soportados
Acciones y ETF
Lightyear, Tradier, Trade Republic, Wise, Saxo Bank, Freedom24, Freetrade, Firstrade, Tastytrade, Alpaca, Tiger Brokers, VT Markets, BancoInvest, y archivos XLSX genéricos.
Criptomonedas
Kraken, Binance, Crypto.com, Bit2Me, KuCoin, Bitget, Nexo, Luno, Strike, Robinhood Crypto.
P2P / Crowdfunding
GoParity, Inrento, Robocash, Fintown, Esketit, Peerberry, Crowdpear, Bondora, ViaInvest, Maclear, Mintos.
Formato genérico
¿No ves tu broker? Usa nuestra plantilla XLSX genérica o consulta la página de plataformas soportadas para ver la lista más reciente.
6. Proceso de Presentación
Proceso de Presentación (Manual)
- Reúne todos los extractos de los brokers (Revolut, DEGIRO, IBKR, etc.)
- Calcula las plusvalías usando FIFO para cada transacción
- Convierte los valores a EUR usando los tipos del Banco de Portugal
- Rellena el Anexo J en el Portal das Finanças:
- Quadro 8A: Dividendos e intereses
- Quadro 9.2A: Plusvalías (una línea por transacción)
- Quadro 11: Cuentas en el extranjero
- Valida y simula la declaración
- Presenta antes del 30 de junio (plazo único para todos los contribuyentes)
⚠️ Problema: el Portal das Finanças NO Permite Simular con el Anexo J
Una de las mayores frustraciones para los inversores es que el Portal das Finanças no permite realizar simulaciones con el Anexo J rellenado. Esto significa que no puedes ver el importe a pagar/recibir antes de presentar la declaración.
Solución de Tax-Wizard: Tax-Wizard te permite realizar simulaciones completas antes de presentar la declaración. Simula tu IRS con el Anexo J antes de presentarlo.
Proceso de Presentación (con Tax-Wizard) ✅
- Exporta la declaración previamente rellenada desde el Portal das Finanças
- Súbela a Tax-Wizard:
- Archivo XML de la declaración
- Extractos del broker (Revolut, DEGIRO, IBKR, eToro, Trading 212, etc.)
- Analiza los archivos (Tax-Wizard calcula todo automáticamente):
- Método FIFO aplicado
- Conversiones de divisa automáticas
- Anexo J rellenado
- Simula y consulta el importe a pagar/recibir
- Descarga el archivo XML listo para presentar
- Súbelo al Portal das Finanças y presenta la declaración
Ventajas de Tax-Wizard
- ✅ Cálculo automático de FIFO (incluso con cientos de transacciones)
- ✅ Conversión automática de divisas (USD, GBP, etc. → EUR)
- ✅ Simulación antes de presentar (ver el importe a pagar/recibir)
- ✅ Soporte para múltiples brokers simultáneamente
- ✅ Informes detallados en PDF/Excel
Para una guía detallada paso a paso sobre cómo usar la herramienta, consulta la guía paso a paso del IRS Portugal con Tax-Wizard.
7. Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Las acciones fraccionadas (Revolut, Trading212, Degiro) se declaran en el Cuadro 9.2A o en el Cuadro 9.2B?
En el Cuadro 9.2A, con el código G01 - exactamente igual que las acciones enteras. Las acciones fraccionadas compradas en Revolut, Trading212 o Degiro son acciones reales (una fracción de un valor mobiliario), no derivados.
La ley fiscal portuguesa no distingue entre acciones fraccionadas y enteras: ambas son valores mobiliarios sujetos a la misma regla de incidencia (art. 10.º, n.º 1, al. b) del CIRS) y al mismo código. El Cuadro 9.2B es solo para derivados (CFDs, opciones, futuros, warrants - código G30), por lo que no se aplica a las acciones fraccionadas de acciones ordinarias.
Tax-Wizard las clasifica automáticamente en el Cuadro 9.2A.
¿Es una acción fraccionada un instrumento derivado?
No - en los brokers que Tax-Wizard soporta (Revolut, Trading212, Degiro, XTB, Interactive Brokers, Lightyear). Una acción fraccionada es una acción real: eres copropietario o beneficiario efectivo de una fracción de una acción entera mantenida por el broker, con derecho a dividendos. No es un CFD ni un derivado.
Por eso va en el Cuadro 9.2A (código G01) y no en el Cuadro 9.2B (derivados, G30). ESMA solo clasifica como «derivado» los productos específicamente estructurados como tales, y confirma que las acciones fraccionadas que replican las características de una acción siguen las reglas aplicables a las acciones.
Más información: ¿Son las acciones fraccionadas derivados?
¿Las criptomonedas siempre están exentas de impuestos?
No. La exención solo se aplica si mantienes las criptomonedas durante ≥365 días. Si vendes antes de los 365 días, pagas:
- 28% (tributación fija (taxa liberatória)), o
- 12,5%-48% (si eliges la agregación (englobamento))
Además, los intercambios cripto-a-cripto NO tributan en Portugal (ej: BTC → ETH).
¿Cómo funciona la Ley 31/2024? ¿Quién se beneficia?
La Ley 31/2024 (en vigor desde el 28/06/2024) ofrece reducciones progresivas en los tipos impositivos para acciones y ETF mantenidos durante largos períodos:
- 2-5 años: reducción del 10% → tipo efectivo del 25,2%
- 5-8 años: reducción del 20% → tipo efectivo del 22,4%
- 8+ años: reducción del 30% → tipo efectivo del 19,6%
Esto se aplica automáticamente si usas la tributación fija (taxa liberatória). Con la agregación (englobamento), la reducción se aplica sobre el tipo marginal.
¿Puedo elegir qué lote de acciones vender (como en EE.UU.)?
No. Portugal exige el uso del método FIFO (First In, First Out). Las primeras acciones compradas son siempre las primeras en venderse. No puedes elegir vender lotes específicos para optimizar los impuestos.
¿Y si hay pérdidas (minusvalías)? ¿Puedo compensarlas con ganancias?
Sí. Las minusvalías pueden compensarse con las plusvalías del mismo año. Reglas:
- Compensación en el mismo año fiscal
- Compensación en los 5 años siguientes (se declaran las pérdidas)
- Declara todas las transacciones en el Anexo J (incluso las que generan pérdidas)
¿Quieres optimizar esta compensación? Consulta nuestra guía de tax-loss harvesting - cómo materializar pérdidas de forma estratégica para reducir tu factura fiscal.
¿Tengo que declarar los dividendos de acciones portuguesas (EDP, Galp)?
Depende de dónde mantengas las acciones. Si los recibes a través de un banco o broker portugués, la retención del 28% es definitiva y declararlos en el Anexo E es opcional (solo compensa si eliges la agregación).
Si los recibes a través de un broker extranjero (DEGIRO, Trade Republic, IBKR), la AT aclaró en una información vinculante (Processo 21047, decisión de 14/10/2024) que cuentan como rendimientos obtenidos en el extranjero y deben declararse en el Anexo J, Quadro 8A, código E11 - normalmente retenidos al 35%, y el exceso sobre el 28% solo es recuperable declarándolos.
¿Cuál es la diferencia entre la tributación fija (taxa liberatória) y la agregación (englobamento)?
Tributación Fija (taxa liberatória):
- Tipo fijo del 28% sobre plusvalías y dividendos
- Tributación final (no se incluye en el cálculo del IRS)
- Más simple, mejor para rentas > 27.000 €
Agregación (englobamento):
- Tipos marginales del 12,5%-48%
- Dividendos: solo se tributa el 50%
- Mejor para rentas < 27.000 €
Hice 200 transacciones en Revolut. ¿Tengo que rellenar 200 líneas en el Anexo J?
Sí, si se rellena manualmente. El Quadro 9.2A del Anexo J exige una línea por cada par compra/venta.
Con Tax-Wizard, esto se hace automáticamente en segundos. El sistema procesa cientos (o miles) de transacciones y genera el archivo XML listo para presentar.
¿Puedo declarar las inversiones conjuntamente con mi cónyuge?
Sí. Si presentáis una declaración conjunta, cada contribuyente con inversiones debe tener su propio Anexo J. Tax-Wizard te permite procesar declaraciones conjuntas:
- Sube la declaración + extractos del 1.º contribuyente
- Sube la declaración resultante + extractos del 2.º contribuyente
- La declaración final tendrá ambos Anexos J completados
¿Tengo que convertir todas las transacciones a EUR?
Sí. Todas las transacciones en moneda extranjera (USD, GBP, etc.) deben convertirse a EUR usando los tipos de cambio oficiales del Banco de Portugal en la fecha de la transacción. Tax-Wizard lo hace automáticamente.
¿Los splits de acciones afectan al cálculo de las plusvalías?
Sí. Los splits de acciones ajustan proporcionalmente el número de acciones y el precio de compra. Tax-Wizard aplica automáticamente los ajustes por splits históricos (p. ej. Tesla 5:1, Apple 4:1, Nvidia 10:1).
¿Los ETF extranjeros tributan como las acciones?
Sí. Los ETF (Exchange Traded Funds) tributan igual que las acciones:
- Plusvalías: 28% (o agregación (englobamento))
- Se benefician de la Ley 31/2024 (reducciones por largo plazo)
- Dividendos distribuidos: 28% (o agregación (englobamento) con exención del 50%)
- Se declaran en el Anexo J (Quadro 9.2A para ventas, 8A para dividendos)
¿Puedo deducir comisiones y tasas de cambio?
Sí. Todos los gastos relacionados con la transacción pueden deducirse al calcular las plusvalías:
- Comisiones de compra y venta
- Tipos de cambio (spread)
El «país de origen» (País da fonte) parece incorrecto - p. ej. NVDA.DE muestra Alemania. ¿Cómo se decide?
El país de origen debe ser el país de constitución del emisor, no el mercado donde negociaste. NVIDIA y AMD son empresas estadounidenses (código 840) incluso cuando se compran en Xetra (el sufijo .DE). Tax-Wizard determina el país a partir del ISIN del instrumento, no del sufijo del mercado en el ticker, por lo que estos casos se resuelven automáticamente.
DEGIRO muestra un «impuesto» en mis ventas. ¿Dónde va en el Quadro 9.2?
DEGIRO no retiene impuesto sobre la renta en las ventas de acciones. Lo que puedes ver es una tasa/comisión de transacción (un coste de la operación), que no es una retención extranjera a declarar como impuesto pagado en el extranjero. Ese importe cuenta como un gasto/comisión deducible al calcular la plusvalía, no como impuesto pagado. Es un punto de confusión habitual.
El archivo de simulación y el archivo de presentación tienen un número diferente de líneas. ¿Es correcto?
Sí, es intencionado. El archivo de simulación (para el simulador de la AT) y el XML de presentación que realmente entregas pueden legítimamente contener un número diferente de líneas - todos los valores se contabilizan igualmente. En algunos casos, el archivo de simulación ni siquiera debería contener el Anexo J. Para presentar tu declaración, usa el XML de presentación, no el archivo de simulación.
¿Cuánto vale realmente tu tiempo?
Considera el valor de tu tiempo y la tranquilidad que viene con tener una herramienta confiable y precisa para gestionar tu declaración de impuestos
(el pago cubre la declaración de este año correspondiente a 2025 y años anteriores, renovación manual el próximo año)
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Referencias Legales y Recursos
Anexos del Modelo 3 (PDF):
- - Anexo J (Rendimientos obtenidos en el extranjero)
- - Anexo G (plusvalías y otros incrementos patrimoniales)
- - Anexo G1 (plusvalías exentas y activos en paraísos fiscales - Q07/Q08)
- - Anexo E (Rendimientos de capital)
Informaciones Vinculantes de la AT:
- - Información vinculante Proc. 21047, decisión de 14/10/2024 - los dividendos de empresas portuguesas pagados a través de un broker extranjero se declaran en el Anexo J, Q8A, código E11 (artículo 18(1)(g) CIRS)
Lista de paraísos fiscales (G1 Q08):
- - Portaria n.º 150/2004 (texto consolidado - Diário da República)
- - Portaria n.º 292/2025/1, de 5 de septiembre de 2025 (elimina HK/LI/UY desde 2026)
- - Portaria n.º 345-A/2016 (eliminó Jersey, Isla de Man y Uruguay en 2017 - revocada por el art. 290 de la Lei n.º 114/2017 (OE 2018), por lo que los tres volvieron a la lista el 1/1/2018)
- - EY - Hong Kong, Liechtenstein y Uruguay eliminados (con efectos en 2026)
- - RFF Lawyers - Lista de paraísos fiscales (actualización 2024)
Plusvalías, tramos del IRS y agregación (englobamento):
- - Lei n.º 55-A/2025, de 22 de julio - tramos del IRS 2025 (modifica el art. 68 CIRS)
- - Art. 68 CIRS - tipos y tramos generales
- - Art. 68-A CIRS - adicional de solidaridad (2,5% / 5%)
- - Art. 72 CIRS - tipos especiales; n.º 14 (agregación obligatoria de ganancias a corto plazo)
- - Lei n.º 24-D/2022, de 30 de diciembre - Presupuesto del Estado 2023 (introdujo la agregación obligatoria y la tributación de la cripto)
- - Art. 40-A CIRS - exclusión del 50% en dividendos
- - Directiva 2011/96/UE (Matriz-Filial) - condiciones del art. 2
- - Art. 23 CIRS - regla de conversión de divisas (tipo de compra/venta del BdP)
Guías Fiscales y Fuentes Oficiales:
- - PWC Portugal - Guía Fiscal PIT 2025
- - PWC - Guía de regímenes de tributación privilegiada
- - PWC - Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
- - gov.pt - Declaración del IRS
- - Koinly - Guía de Cripto en Portugal
- - Legal500 - Criptoactivos 2025
Base legal - Anexo G1 Q08:
- - art. 57(7) del CIRS - obligación de declarar activos en jurisdicciones con régimen fiscal privilegiado
- - Decreto-Lei n.º 13/2025 - modificó el art. 57 para incluir derechos inmobiliarios
Aviso Importante
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Recomendamos:
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